← Volver a Recursos
MARCO JURÍDICO

Novedades legislativas 2025-2026: qué deben revisar las empresas en España

Por el equipo editorial de AYROGENActualizado: 8 min de lecturaMarco jurídico
INTRODUCCIÓN

Los años 2025 y 2026 están marcando una etapa de cambios normativos importantes para las empresas en España y en la Unión Europea. La digitalización de los procesos administrativos, la inteligencia artificial, la facturación electrónica y la transformación de determinados procedimientos judiciales están modificando la forma en que las organizaciones gestionan sus obligaciones.

Para pymes, autónomos, despachos profesionales y departamentos de administración, conocer estas novedades es fundamental para anticiparse a los cambios, reducir riesgos y evitar inversiones innecesarias.

En esta guía repasamos algunas de las principales novedades legislativas de 2025 y 2026, explicamos cómo pueden afectar a la actividad empresarial y proponemos medidas prácticas para prepararse.

Importante: este artículo es una guía informativa general, no un dictamen jurídico. Las obligaciones concretas dependen de la actividad, el tamaño de la empresa y la normativa aplicable en cada caso.
EN BREVE

Hay cuatro frentes abiertos: la factura electrónica B2B (RD 238/2026, obligatoria desde octubre de 2027 para las empresas de más de 8 millones de euros y desde octubre de 2028 para el resto), Verifactu (enero y julio de 2027, con un aplazamiento a 2028 anunciado pero aún sin publicar en el BOE), el Reglamento de IA (alto riesgo aplazado a 2027-2028) y la simplificación europea de la información de sostenibilidad.

Datos clave

Factura electrónica B2B
El Real Decreto 238/2026 está en vigor desde el 20 de abril de 2026. La obligación efectiva se cuenta desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (6 de octubre de 2026): 12 meses para quien facture más de 8 millones de euros y 24 meses para el resto.
Verifactu
El Real Decreto-ley 15/2025 fija el 1 de enero de 2027 (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto). Hacienda comunicó el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazarlo; mientras no se publique en el BOE, rigen esas fechas.
Reglamento de IA
Prohibiciones y alfabetización desde febrero de 2025; modelos de uso general desde agosto de 2025; transparencia (art. 50) desde agosto de 2026. Alto riesgo: 2 de diciembre de 2027 (Anexo III) y 2 de agosto de 2028 (Anexo I).
Sostenibilidad
La Directiva (UE) 2026/470 (Ómnibus I) está en vigor desde el 18 de marzo de 2026: la CSRD se limita a empresas de más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación.
Resolución de conflictos
La Ley Orgánica 1/2025 rige desde el 3 de abril de 2025: en asuntos civiles y mercantiles hay que acreditar un intento previo de negociación (MASC) para que se admita la demanda, con excepciones.
01

Ley de Inteligencia Artificial: nuevas obligaciones para las empresas

La normativa europea sobre inteligencia artificial, conocida como AI Act, establece un marco común para desarrollar y utilizar sistemas de IA de forma segura y responsable.

Su aplicación es progresiva. Desde el 2 de febrero de 2025 rigen las prácticas prohibidas y la alfabetización en inteligencia artificial; desde el 2 de agosto de 2025, las obligaciones de los modelos de IA de uso general; y desde el 2 de agosto de 2026, la aplicación general del Reglamento y las normas de transparencia del artículo 50.

El paquete «Ómnibus digital» (Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026) aplazó los sistemas de alto riesgo: hasta el 2 de diciembre de 2027 los de áreas del Anexo III (empleo, educación, biometría, infraestructuras críticas…) y hasta el 2 de agosto de 2028 los integrados en productos regulados del Anexo I. Las fechas concretas dependen del tipo de sistema y de su uso. Calendario oficial: Comisión Europea.

¿Cómo afecta a las empresas?

Las organizaciones que utilizan herramientas de inteligencia artificial deben identificar para qué se emplean, qué información procesan y qué riesgos pueden generar.

Entre las medidas recomendables se encuentran:

  • Elaborar un inventario de las herramientas de IA utilizadas.
  • Formar al personal en un uso responsable y seguro.
  • Evitar introducir información confidencial en herramientas no autorizadas.
  • Revisar la intervención humana en decisiones relevantes.
  • Comprobar las obligaciones de transparencia que correspondan a cada sistema.

La IA puede mejorar la productividad, pero su utilización debe integrarse en una política de seguridad, protección de datos y supervisión adecuada.

02

Facturación electrónica: una transformación administrativa en marcha

El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026 y en vigor desde el 20 de abril, desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. Prevé una solución pública gratuita gestionada por la Agencia Tributaria y obliga a comunicar el estado de la factura y su pago efectivo en un máximo de cuatro días naturales.

La obligación no es exigible todavía: sus plazos se cuentan desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (BOE del 5 de octubre, en vigor el 6 de octubre de 2026). Desde esa fecha hay 12 meses para las empresas cuyo volumen de operaciones superó los 8 millones de euros el año anterior y 24 meses para el resto. Consultar el Real Decreto 238/2026 en el BOE y la Orden HAC/1028/2026.

¿Qué conviene preparar?

Las empresas deberían empezar por revisar sus procesos actuales de emisión, recepción y archivo de facturas.

Es recomendable:

  • Comprobar si el programa de facturación podrá adaptarse a los requisitos aplicables.
  • Revisar la integración con contabilidad y gestión de clientes.
  • Definir procedimientos para recibir, validar y archivar facturas electrónicas.
  • Formar al personal administrativo.
  • Consultar con el proveedor tecnológico los plazos de adaptación.

Atención a los plazos

La factura electrónica entre empresas y los requisitos aplicables a los sistemas informáticos de facturación son cuestiones relacionadas, pero distintas.

Las fechas vigentes de Verifactu son las del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre: 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda comunicó que prevé un nuevo aplazamiento, que la Agencia Tributaria recoge en su página sobre Verifactu.

No conviene confundir un anuncio de aplazamiento con una modificación normativa ya publicada: mientras no aparezca en el BOE, las fechas aplicables siguen siendo las de 2027.

03

Cambios en los procedimientos judiciales y la resolución de conflictos

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introdujo cambios relevantes en la organización judicial y en determinados procedimientos para resolver controversias.

La norma entró en vigor, con carácter general, el 3 de abril de 2025, sin perjuicio de las particularidades previstas para determinadas disposiciones.

Uno de sus aspectos más relevantes es la regulación de los medios adecuados de solución de controversias (MASC) en el ámbito civil y mercantil. Con carácter general, la demanda debe acompañar la acreditación de un intento previo de negociación (art. 264 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y, si falta, puede ser inadmitida. La ley excluye materias como la concursal, la laboral, la penal o los litigios con el sector público, y prevé otras excepciones.

Consultar la Ley Orgánica 1/2025 en el BOE.

¿Qué deberían revisar las empresas?

Las organizaciones que mantienen relaciones comerciales con clientes, proveedores o socios deberían:

Ilustración: Cambios en los procedimientos judiciales y la resolución de conflictos
  • Revisar sus contratos y cláusulas de resolución de conflictos.
  • Establecer protocolos para gestionar reclamaciones.
  • Conservar las comunicaciones y evidencias de negociación.
  • Consultar con profesionales jurídicos cuando exista un conflicto.
  • Digitalizar y organizar la documentación contractual.

Una gestión documental ordenada puede facilitar la resolución de controversias y mejorar la trazabilidad de las decisiones empresariales.

04

Información sobre sostenibilidad: cambios en el calendario europeo

La regulación europea sobre información corporativa en materia de sostenibilidad ha experimentado ajustes en sus calendarios de aplicación.

En 2025, la Directiva (UE) 2025/794, conocida como stop-the-clock, aplazó determinados plazos de información sobre sostenibilidad y de diligencia debida. En 2026 llegó el cambio de fondo: la Directiva (UE) 2026/470 (paquete Ómnibus I), publicada el 26 de febrero y en vigor desde el 18 de marzo de 2026, limita la CSRD a las empresas de más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación, y retrasa la diligencia debida (CS3D) hasta 2028-2029.

Los Estados miembros deben transponerla a su derecho nacional, por lo que conviene comprobar cómo y cuándo lo hace España. Consultar la Directiva (UE) 2026/470 en EUR-Lex y la Directiva (UE) 2025/794.

¿Qué implica para una pyme?

Aunque muchas pymes no estén directamente obligadas a presentar informes de sostenibilidad bajo determinados regímenes, pueden recibir solicitudes de información de clientes, grandes empresas o entidades financieras.

Por ello, puede resultar útil:

  • Identificar qué información ambiental, social y de gobernanza ya recopila la empresa.
  • Revisar las solicitudes de información de clientes y proveedores.
  • Mantener documentación verificable sobre consumos, políticas y procedimientos.
  • Comprobar si la empresa queda dentro del ámbito de aplicación de alguna obligación específica.

Antes de asumir que una obligación se ha eliminado o aplazado para todos, es necesario verificar el alcance de la modificación y su aplicación en España.

05

Protección de datos y seguridad de la información

La protección de datos continúa siendo un aspecto esencial para las empresas en 2025 y 2026. El Reglamento General de Protección de Datos y la legislación española siguen siendo referencias fundamentales para el tratamiento de información personal.

El uso de nuevas herramientas digitales, plataformas en la nube y sistemas de inteligencia artificial hace especialmente importante revisar cómo se recopilan, utilizan, comparten y conservan los datos.

Medidas recomendadas

  • Control de accesos. Cada persona debe acceder únicamente a la información necesaria para realizar sus funciones.
  • Gestión de proveedores. Es importante comprobar las condiciones de los servicios tecnológicos que procesan datos personales.
  • Políticas internas. Los procedimientos deben explicar cómo se manejan los datos, cómo se comunican los incidentes y quién es responsable de cada tarea.
  • Conservación documental. Los plazos de conservación deben ajustarse a las obligaciones legales aplicables.
  • Formación. El personal debe saber identificar correos fraudulentos, accesos sospechosos y situaciones que puedan comprometer la información.

La seguridad no depende exclusivamente de instalar herramientas informáticas: también requiere procedimientos, formación y responsabilidades bien definidas.

06

Qué debería hacer una empresa durante 2026

Ante los cambios normativos, no todas las empresas necesitan implantar las mismas medidas al mismo tiempo. La prioridad debe ser identificar las obligaciones que realmente les afectan.

Proponemos este plan inicial:

  1. 1

    Paso 1. Revisar la situación actual

    Identificar la actividad, el tamaño de la empresa, los sectores regulados en los que opera y las obligaciones que ya cumple.

  2. 2

    Paso 2. Elaborar un calendario normativo

    Registrar las normas aplicables, las fechas relevantes, los responsables internos y las tareas pendientes.

  3. 3

    Paso 3. Evaluar las herramientas tecnológicas

    Comprobar si los programas de facturación, contabilidad, gestión documental y atención al cliente pueden responder a los requisitos que correspondan.

  4. 4

    Paso 4. Organizar la documentación

    Centralizar contratos, facturas, políticas internas, registros y evidencias de cumplimiento en un sistema con permisos y copias de seguridad adecuados.

  5. 5

    Paso 5. Revisar los avances periódicamente

    Establecer revisiones regulares para detectar cambios normativos, comprobar las medidas implantadas y actualizar los procedimientos.

Checklist de revisión normativa

Antes de cerrar el año, conviene comprobar los siguientes puntos:

  • Hemos identificado las novedades normativas aplicables a nuestra actividad.
  • Hemos revisado los requisitos de facturación y los plazos correspondientes.
  • Conocemos las obligaciones aplicables al uso de inteligencia artificial.
  • Hemos revisado los procedimientos de protección de datos.
  • Tenemos organizada la documentación contractual y administrativa.
  • Hemos identificado las obligaciones específicas de nuestro sector.
  • Disponemos de responsables y fechas para las acciones pendientes.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas en España?

La obligación efectiva llega 12 meses después de la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (6 de octubre de 2026) para las empresas con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones, es decir, en octubre de 2027, y 24 meses después para el resto, en octubre de 2028. Conviene confirmar el caso concreto en el texto del Real Decreto 238/2026.

¿Verifactu y la factura electrónica B2B son lo mismo?

No. Verifactu regula los sistemas informáticos de facturación y el envío o conservación de registros ante la Agencia Tributaria. La factura electrónica B2B regula el intercambio de facturas estructuradas entre empresas y la comunicación de su estado y pago. Son obligaciones distintas, con calendarios distintos.

¿Mi pyme tiene que informar sobre sostenibilidad?

Con la Directiva (UE) 2026/470, la obligación de informar según la CSRD se limita a empresas de más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación. Aun así, una pyme puede recibir solicitudes de información de clientes grandes o de entidades financieras dentro de su cadena de valor.

¿El Reglamento de IA se ha aplazado?

Solo en parte. El Reglamento (UE) 2026/1744 aplazó los sistemas de alto riesgo, pero las prohibiciones, la alfabetización en IA, las obligaciones de los modelos de uso general y las normas de transparencia siguen su calendario.

Conclusión: anticiparse es parte de una buena gestión

Las novedades legislativas de 2025 y 2026 reflejan una evolución hacia una actividad empresarial más digitalizada, trazable y sujeta a nuevas exigencias de gestión.

La mejor respuesta no consiste en cambiar todos los procesos de golpe, sino en identificar qué normas afectan realmente a la organización, comprobar los plazos oficiales y planificar las adaptaciones necesarias.

Una buena combinación de asesoramiento, organización documental y tecnología permite afrontar estos cambios con mayor seguridad y eficiencia.

En AYROGEN ayudamos a las empresas a mejorar sus procesos tecnológicos, documentales y de gestión para avanzar con una visión más segura y organizada.

¿Necesitas revisar los procesos de tu empresa o preparar tus sistemas para los cambios normativos?

Contacta con AYROGEN y estudiemos qué soluciones se adaptan a tus necesidades.

CÓMO PUEDE AYUDARTE AYROGEN
Compartir
RECURSOS

Explora más contenidos

Descubre todos nuestros artículos para seguir aprendiendo y tomar mejores decisiones.